Se eligieron miembros para integrar la Comisión Bicameral que deberá encargarse del proceso de designación. Pasaron 15 años de espera.
03-POLITICA-28El Senado provincial eligió los miembros para integrar la Comisión Bicameral que deberá encargarse del proceso de designación del Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes, un cargo creado hace 15 años y no cubierto. También en Diputados, se pidió acordar día y horario de reunión de la Comisión Bicameral.
Dicho cargo fue creado por la Ley N° 5.773 y fue aprobada en el año 2007 y a quince años aún no se ha puesto en funcionamiento el mecanismo para su designación.
En esa línea, el pasado martes, el Senado notificó a la Cámara de Diputados la designación de Graciela Rodríguez, Verónica Inés Espínola, Diógenes González, María Carolina Martínez Llano y Martín Barrionuevo para integrar la Comisión Bicameral por la Cámara alta.
En tanto, en paralelo se presentó en la Cámara de Diputados un proyecto solicitando a la Presidencia de esa Cámara que acuerde con la Presidencia del Senado, día y horario de reunión de la Comisión Bicameral de Designación del Defensor.
Los avances en la actividad parlamentaria en torno a la Designación del Defensor de las Niñas, Niños y Adolescentes eran esperados por distintos sectores que vienen bregando por la cobertura del cargo.
A principios de septiembre, la Red por los Derechos de la Niñez, Adolescencias y Juventudes solicitó a la Legislatura de Corrientes por la conformación y puesta en funcionamiento de la Comisión Bicameral a una década y media de la creación de esta figura legal.
TIEMPO
Cabe recordar que la Ley Provincial 5.773 en su artículo 3° creó la figura del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para la Provincia de Corrientes, cargo que será propuesto, designado y removido por la Legislatura provincial, quien designará una Comisión Bicameral integrada por diez miembros, cinco de cada Cámara respetando la proporción en la representación política.
El Minicuerpo tendrá a su cargo la designación del funcionario mediante concurso público de antecedentes y de oposición. Las decisiones de esta Comisión se adoptarán por el voto de las dos terceras partes de sus miembros.
El Defensor debía ser designado dentro de los 90 (noventa) días de sancionada la Ley, aunque ya pasaron 15 años.
Según la ley, el Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, deberá reunir los requisitos de ser argentino; poseer 4 (cuatro) años de domicilio en la Provincia; y ser abogado con una antigüedad no inferior a los 6 (seis) años en el ejercicio profesional.
El Defensor durará en su cargo 5 (cinco) años, pudiendo ser reelegido por una sola vez.
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