Integrantes de la Asociación de Distribuidores de Corrientes, se unieron al reclamo que se está realizando en varias provincias que tiene que ver con un pedido de actualización en el valor del gas, ya que aseguran que es insuficiente. Advierten que si para el miércoles no hay una solución, tomarán la decisión de cerrar las plantas y cortar la circulación del puente interprovincial.
En diálogo con EL LIBERTADOR, Aldo Rivas, de la Asociación de Distribuidores afirmó que el precio de la garrafa está atrasado y que ello no permite rentabilidad.
Asegura que la Secretaría de Energía de la Nación no actualiza los precios de referencia del gas envasado que es de 750 pesos, de acuerdo a lo que establece la Ley 26.020.
«Una garrafa para estar bien y sacar rentabilidad, debe estar arriba de los 2 mil pesos», sentenció a lo que agregó: «La situación no da para pagar los sueldos ni el movimiento de flete de Bahía Blanca -que es de donde se carga el gas de granel hasta el Litoral, hasta Corrientes que hay una planta y Chaco que hay otra, sale 200 pesos por garrafa, sin contar todo el manipuleo para cargar, pintura, tapones, entonces a la plata ya no alcanza para poder continuar».
A esto explicó que el miércoles hay una reunión, con la Secretaria de Energía: «De no llegar a nada, se tomarán medidas como cerrar las plantas y es muy probable cortar la circulación del puente y no va a haber gas en todo el Litoral si cerramos las plantas», indicó.
Al igual que en otras provincias del Norte, ayer, en Corrientes se realizó una movilización y se entregó un petitorio en el que se solicita: La inmediata recomposición de márgenes razonables del sector para cubrir los costos y una razonable rentabilidad según establece la Ley 26.020: que para la etapa del Fraccionado es de 1.000 pesos y para la etapa de la distribución es de 930 pesos al 30/09/2022 totalizando un valor final promedio país (sin impuestos) de 1.930 pesos por garrafa de 10kg.
Así también, la implementación inmediata de una fórmula de actualización automática de precios máximos de referencia en cumplimiento del art 34 de la Ley 26.020, acorde a los crecientes índices inflacionarios y el otorgamiento de créditos subsidiados que permitan cumplir con la renovación obligatoria de la flota vehicular asignada a la distribución de GLP.
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