El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena a prisión perpetua de Elías Javier Valenzuela, quien fue encontrado culpable del asesinato de su pareja, a casi dos años del hecho. La causa fue caratulada como delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género y, en ese sentido, luego de desestimar el recurso de revisión, se ratificó la sentencia antes impuesta.
Todo sucedió en la madrugada del 15 de noviembre de 2021, cuando Valenzuela mató a Ramona Romero. La mujer fue rociada con alcohol y luego el condenado encendió un fósforo y la prendió fuego. En su intento por apagar las llamas, la víctima ingresó a la ducha y luego de recibir asistencia médica fue llevada al hospital San José, de Paso de los Libres.
Una vez en el centro de salud, y debido al delicado estado que presentaba, se determinó que la paciente sea trasladada de urgencia al hospital Vidal de la Capital correntina, donde llegó con el 80 por ciento del cuerpo quemado. Lamentablemente, y pese al esfuerzo del personal médico, perdió la vida el 5 de diciembre de ese año.
ARGUMENTOS
DE LA DEFENSA
Desde la defensa oficial de Valenzuela, no se discutió ni la relación violenta ni el hecho de que quien prendió el fósforo fue el condenado. En ese sentido, lo que se negó fue que los hechos ocurrieron en el modo que se atribuyeron al condenado.
«También cuestionó declaraciones de algunos testigos, incluidas las de un hijo de la pareja, y que los jueces pasaron por alto la propia conducta de la víctima, esto es, que ella misma se roció con alcohol, no para quitar responsabilidad a Valenzuela, sino para dejarla en su justa dimensión», indica el parte emitido por el Poder Judicial de Corrientes.
En cuanto al tipo penal atribuido, se hizo hincapié en una supuesta contradicción por parte de los jueces quienes «señalaron que no hubo voluntad deliberada de cometer un delito, más luego se refirieron a un comportamiento consciente y temerario», señala el informe. Con esos argumentos, se solicitó la anulación del fallo y la absolución del individuo.
La sentencia fue emitida el 11 de abril de este año y la revisión solicitada por la defensa fue resuelta por la Corte Provincial dos meses y medio después, bajo el nuevo Código Procesal Penal. Los fundamentos del rechazo del recurso de casación se conocerán el miércoles 26 de julio.
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