Prestadoras privadas de salud adelantaron a EL LIBERTADOR que el sector no acataría el congelamiento de precios anunciado por el ministro de Economía Sergio Massa, indicaron que hasta la fecha no han recibido medidas administrativas que lo avalen, y consideraron «normal» que se apliquen nuevos aumentos este mes y en octubre próximo.
«Desde que yo nací, y nací en la época de Alfonsín, Argentina siempre tuvo crisis, nunca viví en un país que este estable económicamente», expresó consultada al respecto una asesora comercial desde la sede Corrientes de una de las prestadoras de servicios médicos privados más grande del país, y remarcó: «Para mí es normal la situación en la que estamos, es en la que vivimos siempre».
La Superintendencia de Salud informó el viernes 1 el aumento del índice de costos de Salud, referencia que utiliza el sector para calcular los ajustes de las cuotas.
En tanto, los afiliados de empresas de medicina prepaga están recibiendo comunicaciones que la cuota aumentará 6,97 por ciento a partir de octubre, contraponiéndose al anuncio del congelamiento por 90 días anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa.
Desde las compañías sostienen que fue un anuncio hecho sin decreto, por lo que se encuentran habilitados para enviar avisos a sus afiliados sobre lo que indica la normativa vigente.
En consecuencia, las prepagas ya están enviando facturas con un alza del 7,18 por ciento. Así, entre este mes y el siguiente, los ajustes superarían el 14 por ciento.
Puntualmente, las prestadoras comunicaron que «de acuerdo al Decreto 743/2022 y a la Resolución 2.577/2022 del Ministerio de Salud de la Nación» se incrementará «el valor» de los «planes asistenciales en forma mensual».
Y que por tal fin, «el incremento a aplicar para el mes de octubre de 2023 asciende a un 6,97 por ciento, respecto al valor del Plan de Servicio Vigente al 30 de septiembre de 2023».
El aumento, aclaran, se dispone dispuso en conformidad con el Índice de Costos de Salud (ICS) que publica periódicamente la Superintendencia de Servicios de Salud en su página web.
Además de ello, las empresas de medicina prepaga expresaron que para «los contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (675.000 pesos), el Plan de Servicio Vigente podrá ser ajustado en un 90 por ciento del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) del mes inmediato anterior publicado, siempre que el mismo sea inferior al ICS».
«Esta medida rige por el plazo de 18 meses a partir del mes de febrero de 2023, y el incremento a aplicar para octubre 2023, no aplica para dicho periodo. Para acceder a este ajuste, usted deberá informar con carácter de Declaración Jurada y en forma mensual los ingresos netos de los contratantes del mes anterior, a través del sitio web habilitado por la Superintendencia de Servicios de Salud», detallaron.
SIN BASE
LEGAL NI REAL
El domingo último, el ministro Sergio Massa incluyó entre los anuncios que hizo después de la devaluación pos Paso la suspensión por 90 días del aumento de la medicina prepaga para las familias con ingresos que no superen los 2 millones de pesos mensuales.
Desde 2022, el aumento de las cuotas de las prepagas se establece según la variación del índice de costos de salud, que es elaborado y publicado por la Superintendencia de Servicios de Salud.
Entre las alternativas que analizan está la de judicializar la medida o cobrar copagos -una situación que ya se viene dando en muchos puntos del país-, y también congelar los aranceles de los prestadores, lo que es rechazado de plano por clínicas y sanatorios.
Esa última opción fue rechaza por las cámaras del sector prestador, que advirtieron que no la pueden soportar y que, de realizarse, generaría una crisis en todo el sistema.
Desde marzo se registra un fuerte corrimiento desde planes más altos a más económicos, ya que la clase media busca sostener un servicio básico de atención de la salud, ante un hospital público desbordado.
Único criterio
legal vigente
Desde las prepagas, remarcaron a EL LIBERTADOR, que el único instrumento legal que da sustento al sector el es Decreto 743/2022, avalado por el Presidente de la Nación y el gabinete de ministros, en noviembre de 2022.
El mismo, en su artículo N°1, establece que, a partir del 1 de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses el incremento del valor de las cuotas -autorizado conforme las pautas establecidas en el artículo 17 de la Ley N° 26.682- de los contratos individuales de adhesión voluntaria que deberán abonar las personas afiliadas a los sujetos alcanzados por la Ley N° 26.682 e inscriptos en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (Rnemp), incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de Obras Sociales, tendrá como tope máximo el 90 por ciento del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) del mes inmediato anterior publicado.
La norma aclara que esta medida «se aplicará respecto de los titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles».
A su vez, dispone que las empresas de medicina prepaga deberán ofrecer «en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1 de enero de 2023, idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25 por ciento menor al plan sin copagos».
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