La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó las condenas de ocho hombres, en su mayoría ex directivos del Fondo Compensador de Jubilaciones para el Personal del Banco de Corrientes, por fraude millonario en perjuicio de trabajadores bancarios.
Los condenados a penas de prisión en suspenso fueron Antonio Oscar Páparo, Ramón Alberto Yunes, José Mario Iglesias, Héctor Oscar Castillo, Eduardo Martín Cheme, Rubén Adolfo Aquino, Nicolás Kaposvari y Nedo Enrique Pirchi.
Lo que hizo la Corte fue desestimar los recursos de queja presentados por los condenados Aquino, Yunes, Pirchi y Kaposvari y de esa manera ratificar la Sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia (STJ) que había confirmado el fallo de primera instancia del Tribunal Oral Penal Nº 1 de Corrientes
La causa
La primera denuncia contra el Consejo de Administración del Fondo Compensador se realizó el 31 de marzo de 2004. Los denunciantes fueron Aldredo Villegas Contte y Anselmo Gómez, que describieron irregularidades en la entidad.
La denuncia se inició porque se sospechaba el quebranto financiero de 10 millones de pesos o dólares (en tiempo de la convertibilidad).
Los hechos que se cuestionaron, entre otros, fueron la suscripción de contratos en perjuicio del Fondo Compensador, dar préstamos en condiciones anormales, realizar inversiones ajenas al objeto social, reconocer deudas inexistentes, permutar acciones de la entidad.
Pero la más sugestiva de las irregularidades del Fondo era que el dinero que le correspondía a la entidad, y que estaba destinado a los jubilados, se depositaban en la cuenta personal del presidente de la institución, Rubén Aquino.
La Sentencia que quedó firme
El Tribunal Oral Penal N°1 condenó a Ruben Adolfo Aquino y a Nicolás Kaposvari, por la comisión del delito de “Administración Fraudulenta”, en calidad de coautores materiales penalmente responsables, en la modalidad de delito continuado, a la pena de 3 años de prisión en suspenso y con las reglas de conducta a cumplir.
Además condenó a José Mario Iglesia, Héctor Oscar Castillo, Nedo Enrquique Prichi, Antonio OScar Páparo y Ramón Alberto Yunes, por la comisión del delito de “Administración Fraudulenta” como partícipes necesarios en la modalidad de delito continuado, a la pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso y reglas de conducta establecidas.
Y finalmente condenó a Eduardo Martín Cheme, por la comisión del delito de “Administración Fraudulenta” como partícipe necesario en la modalidad de delito continuado, a la pena de 1 año y 6 meses de prisión en suspenso y debió cumplir por 2 años las reglas de conducta establecidas.
Fallo del Superior Tribunal
En 2018, el STJ rechazó todos los recursos impugnativos presentados por los defensores de los encartados mediante una sentencia.
Los recursos de casación fueron interpuestos por los abogados Ricardo Ariel Osuna, Nelson Pessoa, José Nicolás Báez, Agustín Mario Ramón Vargas Barrios, Isidoro Sassón y Julio Alberto Leguizamón.
El STJ indicó en sus fundamentos que “las defensas realizan una interpretación subjetiva, personal y antojadiza de la prueba, limitándose en su hipótesis defensiva a la negación del hecho, dirigiendo en general su ataque recursivo hacia la acusación fiscal -requerimiento de elevación a juicio-, intentando su nulidad en esta instancia de casación, sin reunir sus agravios un adecuado correlato con la totalidad del plexo probatorio imperante en autos, versión que a la postre tampoco logra revertir con solvencia los fundamentos brindados por el sentenciante al condenar”.
Corte Suprema
La Corte Suprema giró la causa el 16 de mayo de 2023 y desestimó los recursos planteados por la defensa de Rubén Adolfo Aquino, Ramón Alberto Yunes, Nedo Enrique Pirchi y Nicolás Kaposvari.