Legisladores nacionales son convocados este martes 26 a debatir el primer paquete de medidas impulsado por el presidente Javier Milei, con la reversión del Impuesto a las Ganancias, la Ley Ómnibus y la introducción de la boleta única en puestos destacados. Se trata del primer cónclave parlamentario luego de cesar los superpoderes del ex ministro Sergio Massa, a la vez, el primer reflejo legislativo que el nuevo Gobierno obtendrá de las provincias tras su encuentro con los gobernadores.
20-CONTRATAPA-11La reversión del Impuesto a las Ganancias, conjuntamente con la Ley Ómnibus y la implementación de la boleta única, figura en el temario remitido por el Ejecutivo al Congreso para el período de sesiones extraordinarias.
La reconsideración de la anulación del Impuesto a las Ganancias fue anunciada por el presidente Javier Milei a los gobernadores en su primera reunión en Buenos Aires tras asumir su mandato. Aunque el temario no menciona específicamente el Impuesto a las Ganancias, se incluye una Ley de Impuestos a Ingresos Personales, lo que podría indicar una posible modificación en la carga tributaria para los trabajadores.
Milei, anteriormente partidario de la derogación del impuesto impulsada por el entonces superministro Sergio Massa, accedió a su reinstauración temporal tras escuchar las solicitudes de los gobernadores que buscaban compensación debido a la porción de la coparticipación afectada por la anulación del impuesto.
A pesar de la propuesta de algunos mandatarios peronistas de mantener el statu quo y compensar la pérdida coparticipando un 70 por ciento del Impuesto al Cheque, Milei no aceptó esta sugerencia.
En contraste, provincias como Corrientes y otras gobernadas por Juntos por el Cambio recurrieron a la Corte Suprema inmediatamente después de la iniciativa de Massa, considerándola inconstitucional.
Además de estos temas, el temario también abarca la Ley Ómnibus, la implementación de la boleta única papel, modificaciones impositivas y acuerdos internacionales.
El presidente Milei firmó el decreto para convocar a sesiones extraordinarias en el Congreso desde el martes 26 hasta el 31 de enero de 2024.
El temario se complementa con 11 proyectos de ley de índole política, económica y administrativa, siendo los tres primeros los que contemplan las grandes reformas propuestas desde el Ejecutivo.
Desde el Congreso anticiparon a EL LIBERTADOR que el tratamiento requerido será en el orden con el cual ha ingresado al parlamento, sobre lo cual consideraron que, será muy probable que la primera sesión fracase.
Temas a tratar
1.Proyecto de Ley de reforma de las funciones del Estado;
2.Proyecto de Ley modificatorio de su similar N° 19.945 respecto de establecer la Boleta Única de Papel;
3.Proyecto de Ley de Impuestos a Ingresos Personales;
4.Proyecto de Ley por el cual se solicita autorización para que el señor Presidente de la Nación pueda ausentarse del país durante el año 2024, cuando razones de Gobierno lo requieran;
5.Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y Japón para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y la Prevención de la Evasión y la Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Osaka, Japón, el 27 de junio de 2019;
6.Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y el Gran Ducado de Luxemburgo para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal;
7.Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República Popular China para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal y su Protocolo;
8.Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República Argentina y los Emiratos Árabes Unidos;
9.Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República de Turquía para Evitar la Doble Imposición en Materia de Tributos sobre la Renta y para Prevenir la Evasión y la Elusión Fiscal y su Protocolo;
10.Consideración de Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales;
11.Consideración de Acuerdos para designaciones y promociones, y su retiro.
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