El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes ratificó la condena al municipio de Santo Tomé al que había ordenado erradicar un basural a cielo abierto, sin tratamiento alguno.
Los ministros de la Corte provincial reconocieron que el vertedero, en el que habitaban familias, constituía un riesgo inminente de contraer enfermedades. Se trata de un reclamo de vieja data en la ciudad de la costa del río Uruguay.
Por unanimidad, los integrantes del STJ consideraron verdaderos los riesgos para la salud. Aunque no se pudiera justificar un daño concreto a la integridad psicofísica de las personas, señalaron que debían proteger el medio ambiente.
La sentencia N°10/24, con el primer voto del doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, ordena a las autoridades municipales a cumplir un Plan de Manejo Ambiental e informar a la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Santo Tomé sus avances de forma periódica.
La decisión tomó como base la Ley N° 6.422 de Presupuestos Mínimos para la Gestión de Residuos Domiciliarios, que establece la obligación de los municipios de implementar un sistema integral para el manejo de estos desechos.
La Municipalidad argumentaba que el plan de manejo ambiental no podía fijarse por sentencia, y que era su potestad, lo que fue rechazado por la Corte Provincial. Ahora, además deberá pagar las costas del juicio.
La Municipalidad argumentaba que el plan de manejo ambiental no podía fijarse por sentencia, y que era su potestad, lo que fue rechazado por la Corte Provincial. Ahora, además deberá pagar las costas del juicio.
Esta decisión judicial, llega solo días después del macabro hallazgo de un bebé sin vida, en la zona del basural, ahora llamado parque ambiental.
Fue el lunes último, en que un trabajador municipal encontró el cadáver de una criatura recién nacida, sin signos vitales en una bolsa de plástico, lo que conmocionó la comunidad.
Fuente: JusCorrientes
Foto: archivo