La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la implementación de nuevas deducciones y prórrogas que impactarán positivamente en el mercado inmobiliario, buscando fomentar el acceso a la vivienda y la formalización del alquiler. Estas medidas contemplan beneficios tanto para propietarios como para inquilinos.
Nuevas deducciones para el Impuesto a las Ganancias
Una de las principales novedades es la incorporación de una deducción del 10% del Impuesto a las Ganancias para propietarios e inquilinos que posean inmuebles alquilados como casa-habitación. Este beneficio se aplica sobre el monto total anual de los alquileres y se suma a la deducción del 40% que ya existía para los inquilinos, siempre que no supere el monto del mínimo no imponible.
En el caso de los propietarios, la deducción del 10% se aplica sobre los ingresos brutos obtenidos por el alquiler de la propiedad. Por ejemplo, si un propietario recibe $4.800.000 anuales por el alquiler de su propiedad, podrá deducir $451.683,19 en el año 2023 y $480.000 en el año 2024, siempre que el contrato de alquiler esté debidamente registrado en la AFIP.
Incentivos para la formalización del alquiler
Estas medidas buscan incentivar la formalización del alquiler, combatiendo el mercado informal y mejorando la transparencia en el sector. Se espera que esto contribuya a una mayor estabilidad del mercado inmobiliario y beneficie al bienestar económico de los contribuyentes.
Cómo acceder a los beneficios
Para obtener los beneficios mencionados, los solicitantes deberán informar el importe de los alquileres del período fiscal 2023 mediante el formulario de declaración jurada F. 572, disponible en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) – TRABAJADOR. Es importante destacar que el monto de los alquileres abonados, estipulado en el contrato de locación, debe estar respaldado por una factura o documento emitido por el locador.
Extensión del plazo para presentar la declaración jurada
La AFIP también extendió el plazo para presentar la declaración jurada informativa y acceder a la deducción de impuesto hasta el 30 de septiembre de 2024. Además, se habilitó la posibilidad de informar los montos de los alquileres a los empleadores mediante el formulario web, lo que permitirá que se tengan en cuenta para las liquidaciones de retenciones.
Monotributistas también pueden acceder a la deducción
Los propietarios inscriptos en el Monotributo también podrán computar la deducción por Ganancias por alquileres. Para ello, deberán cumplir con los mismos requisitos mencionados anteriormente, y además enviar una copia del contrato de alquiler en formato PDF a la AFIP a través del servicio SiRADIG – TRABAJADOR.