El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de condena N° 134 dictada por el Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres, al no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado.
El hombre fue condenado a la pena de 20 años de prisión por abusar sexualmente de su hijastra de 18 años de edad en la causa por abuso sexual gravemente ultrajante agravado por su prolongación en el tiempo, bajo la modalidad de delito continuado en concurso real con promoción y facilitación de la corrupción de menor de edad y aborto causado sin consentimiento y por haber causado un grave daño a la salud mental de la víctima.
En el recurso de casación, la defensa argumentó una falla de fundamentación, en razón de una defectuosa o falta de fundamentación de las pruebas, ajena a la sana crítica racional. Afirmó además que la pena impuesta -20 años de prisión – era arbitraria y excesiva ya que no se encontraban probados todos los hechos peticionando que se dicte una resolución que revise y modifique la pena a favor del imputado.
En su voto, el ministro del Superior Tribunal de Justicia, Alejandro Chaín, sostuvo que; “el Tribunal juzgador ha tenido inequívocamente por acreditadas tanto la existencia de los hechos y la autoría del juzgado en los ilícitos juzgados, respaldado en las probanzas producidas en etapa de investigación -incorporadas por lectura al juicio oral”.
“El cúmulo de pruebas señalado, según se aprecia en la sentencia, generó convencimiento en el tribunal de juicio, y respalda las declaraciones de las víctimas por lo que las convierte en testimonios claros, veraces, seguros y coherentes, sin motivos para restarles credibilidad, sino que más bien permitió la reconstrucción de los hechos”, sostuvo.
Dicha fundamentación fue acompañada por los ministros Eduardo Panseri, Guillermo Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Niz.
Los hechos
Los hechos denunciados y probados ante el Tribunal sucedieron en la cuidad de Paso de los Libres a partir de 2005 cuando la víctima tenía 11 años. El hombre, padrastro de la niña, abusó sexualmente de ella en reiteradas oportunidades. Además, a partir de los 12 años, promovía la corrupción de la menor al obligarla a ver películas pornográficas.
Según lo que se pudo comprobar a través de las entrevistas especializadas, los abusos se concretaban siempre que su madre iba a trabajar y como consecuencia de esto en 2008 la víctima quedó embarazada naciendo un hijo producto de esa violación. Dicha filiación fue comprobada por la pericia genética que informa el vínculo de paternidad que une al encausado con el hijo de la víctima.