El Poder Judicial condenó a un hombre que incendió su casa por negligencia con la pareja e hijos adentro. La decisión se dio tan sólo en 18 días: el 1 de noviembre el juez de Garantías de Curuzú Cuatiá, doctor Martín Vega; homologó acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y dicto sentencia en un caso de incendio culposo, iniciado a mediados de octubre.
El incendio culposo, está previsto en el artículo 189 del Código Penal y tiene conlleva una pena que va de un mes a un año de prisión. En este caso el hombre fue condenado a seis meses en suspenso.
Se trata de los casos en que el incendio se produce por imprudencia, negligencia o por impericia en su profesión, por inobservancia, entre otros, pero no hubo una intención de comenzar el fuego.
El hecho ocurrió el 13 de octubre, cuando en horas de la madrugada el imputado causó incendio de la vivienda en la que convivía junto a su pareja y sus tres hijos menores, el cual tuvo su foco en el dormitorio matrimonial extendiéndose a toda la vivienda, con daños totales.
Este afectó además el domicilio de un vecino en el que el personal de Bomberos debió realizar tareas para sofocar el fuego y limitar su propagación.
El imputado fue detenido por personal policial, momentos después de la llegada al lugar del personal de bomberos; cumpliendo prisión preventiva hasta el momento de la audiencia.
En audiencia de clausura de Procedimiento especial de flagrancia, el representante del Ministerio Público Fiscal, doctor Oscar Cañete, a cargo de la UFIC Rural de Curuzú Cuatiá, presentó un acuerdo de juicio abreviado pleno firmado por el imputado y su defensa, ejercida por el doctor Armando C. Franco.
En su presentación el doctor Cañete, expuso de manera circunstanciada el hecho traído a la jurisdicción y mencionó el amplio caudal probatorio que, durante el tiempo que duró la investigación -escasos 18 días-, pudo recabar la fiscalía y dieron base a los términos convenidos.
Luego de la verificación del Juez acerca del conocimiento y la libre voluntad del imputado para la firma del acuerdo, homologó el mismo e impuso la pena de 6 meses bajo la modalidad de cumplimiento en suspenso, que fuera acordada por las partes. En igual sentido, ordenó el cumplimiento de reglas de conducta por dos años, entre las que se encuentra el impedimento de acercarse a su actual pareja, víctima del incendio.