Hace casi tres años, cuando Corrientes registró más del 15,7% de incendios forestales según el informe del Inta, en la provincia se aplicó la primera condena por incendio que más allá de la sanción ejemplificadora, fue un antecedente poco alentador.
El 26 de mayo de 2022 se dio a conocer la medida: un trabajador rural fue el primer condenado por provocar un incendio durante la emergencia ígnea que atravesó la provincia durante el verano.
En ese entonces, se determinó que el responsable no iría a la cárcel, ni pagaría una multa por el daño ocasionado.
El incendio en cuestión ocurrió el 15 de febrero, cuando el ahora condenado fue contratado para limpiar un campo de una hectárea a las afueras de Mercedes.
Pese a que las quemas estaban prohibidas tanto a escala provincial como municipal, el trabajador realizó un cortafuego en el perímetro de la propiedad y encendió un fuego que rápidamente se salió de control y afectó a una empalizada.
En este contexto, el fiscal Ambiental Rural, Gerardo Cabral comentó en declaraciones radiales que se trató de “un incendio culposo”, ya que “si bien es intencional, no existió el dolo. No hubo intenciones de causar, sino que, por su negligencia, su impericia e imprudencia se descontroló el fuego y produjo el daño en una vivienda”, explicó el funcionario judicial.
Sobre la pena que recibió el autor del fuego, detalló:» La pena que prevé el artículo 189 (Código Penal) es de un mes a un año de prisión, y aquí se acordó en un juicio abreviado seis meses de prisión en suspenso, porque al ser menos de tres años se consideró eso”.
“Además de esos seis meses de prisión, por su puesto se le impone al condenado cumplir reglas de conducta por el término de dos años: no cometer nuevos delitos, fijar residencia, presentarse a la oficina judicial cada tres meses”, informó Cabral.
Luego, planteó que en este caso no se determinaron tareas comunitarias para el condenado “porque no se utilizó la figura de suspensión de juicio a prueba o probation, como se conoce comúnmente”.
Respecto a la posibilidad de una sanción económica, mencionó: “El delito no prevé una multa. La multa está prevista para aquellas cuestiones que son domésticas, en el ámbito contravencional. Cuando el incendio genera un peligro común para la población, estamos dentro del delito de incendio, que tiene una pena de un mes a un año, en el caso del culposo y va hasta los 10 años de prisión, en el caso del doloso”.
Refiriéndose a las causas por ese tipo de delitos que tiene a su cargo, el fiscal contó: “En la jurisdicción que tengo a mi cargo, que son los departamentos de Sauce, Curuzú Cuatiá y Mercedes, hemos iniciado alrededor de 35 causas de incendio en enero, febrero y marzo, muy pocas con autores identificados… Tenemos una causa más con un imputado por incendio culposo y el resto de las causas con autores ignorados, ya que se inició la investigación, se avanzó, pero no se pudo determinar el autor”.
Cómo y dónde denunciar
El director de Defensa Civil de la provincia, Eulogio Márquez, advirtió: “Lo ideal es que el fuego no se inicie. Está terminantemente prohibido iniciar todo tipo de fuego en toda la provincia. Pero además, hay que tener conciencia de no tirar basura en la ruta. Plásticos o vidrios – y por supuesto colillas o fósforos – funcionan con prisma en el sol y eso inicia incendios en el pasto seco”.
A modo de recomendación a la población, Márquez subrayó la importancia del aviso temprano. “Por favor no prendan fuego. Y si ven una columna de humo avisen al 100, 103, 105 o 911. También pueden reportarse a los cuarteles de bomberos de las localidades, a los controles camineros y a través de la app de alerta de la provincia “Alerta Corrientes”, es monitoreada por el Comando de Operaciones de Emergencias”, recordó al final.