Con diferentes encuentros en comités o espacios públicos, la alianza gobernante difunde el proyecto que aún espera la aprobación legislativa.
02-TAPA-POLITICA-13Conforme se acerca la inmimente aprobación del Voto Joven en la Legislatura, el oficialismo provincial ya se encuentra embarcado en una campaña para difundir los alcances de una ley que -salvo Corrientes- ya rige en todas las provincias del país.
Así las cosas, los diferentes partidos de Encuentro por Corrientes (ECO) organizan charlas y encuentros con sus militantes más nuevos, destacando la iniciativa que desde el comienzo de su mandato fue enviada por el gobernador Gustavo Valdés.
«En el parque Cambá Cuá, me reuní con un grupo de jóvenes del Nivel Secundario para acercarles información sobre el Voto Joven. Ellos son el futuro del país y es democrático que sepan sus derechos y obligaciones a la hora de emitir el voto», expresó en redes sociales el diputado del Partido Popular, Javier Sáez dejando sentada la postura de la agrupación liderada por el actual senador nacional, Pedro Braillard Poccard.
Cabe recordar que la semana pasada cayó la sesión en Cámara baja, donde estaba pensado que se trataría la crucial iniciativa.
Esta coyuntura, más allá de lo legislativo, colocó a la presidenta de la Junta Electoral, Mirta Sotelo de Andreau, en una situación compleja ya que el pasado viernes 15 debería haber estado publicado el o los padrones correspondientes a la cita electiva en la que no sólo se pugnará por cargos nacionales, sino también por municipales.
En este marco, resulta más que conveniente remarcar que, al momento de poner en marcha la organización del proceso electoral, la Junta debe proceder de acuerdo a la normativa vigente, algo que aparentemente no ha hecho la magistrada.
Está claro que si esperaba que la Legislatura subsanara omisiones sustanciales que vienen verificándose -que no lo ha hecho- se llega a otra semana en una situación cuanto menos compleja.
Sotelo de Andreau debe controlar la legalidad del proceso electoral del 14 de noviembre por ser una elección simultánea nacional y municipal. Debe actuar -de oficio- sin necesidad de petición de parte en resguardo del cumplimiento de las normas de organización y desarrollo del acto electoral. Las decisiones de esta Junta son revisables por la Cámara Electoral Nacional, como instancia de apelación y máximo tribunal del fuero que puede anular una elección si se registran irregularidades de significación.
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