Tras nueve años, se lleva adelante el proceso judicial por el derrumbe que ocasionó la muerte de ocho obreros mientras trabajaban en una obra en construcción por calle San Martin, en la Capital correntina. Los fallecidos fueron Diego Rodríguez, Marcos González, Jorge Acevedo, Eduardo Acevedo, William Valenzuela, Ramón Zacaríaz, Enrique Sosa, y Alejandro Medina; y resultaron con graves lesiones fueron Luis Pelozo y Nelson Valenzuela. Por su parte, Augusto Molina terminó con heridas de carácter leves.
El fiscal de la causa consideró que el hecho se produjo a raíz de las fallas en la supervisión y control en el armado del encofrado, el cual resultó defectuoso por la insuficiencia de sus apuntalamientos, lo que redujo la resistencia y contribuyó a alterar la firmeza del conjunto. También se tuvo en cuenta la carencia de elementos de protección personal y otras previsiones que tienen que ver con los trabajos en altura.
El abogado representante de las familias, Juan Manuel Cubilla Podestá manifestó su rechazo al ofrecimiento hecho por uno de los empresarios imputados de 500 mil pesos como indemnización, 42 mil pesos por cada víctima fatal. «Nos sorprende de sobremanera que el fiscal haya desatendido el pedido de justicia de las víctimas y que buscara una salida rápida a esta causa después de nueve años de espera de los familiares por justicia», afirmó.
«Nuestra parte querellante hizo reserva de ir hasta la Corte Suprema porque en esta causa se violaron, a nuestro entender técnico, los más básicos derechos de quienes sufrieron la pérdida de sus familiares en este trágico incidente», sostuvo Cubilla Podestá, y agregó que “no existe un derecho constitucional a la suspensión de juicio en un Estado republicano y democrático como el argentino, el único derecho que asiste a los imputados constitucionalmente es a un juicio justo con todas las garantías de ley», explicó el abogado.
«Dos de los tres jueces del Tribunal y el fiscal se olvidaron de los derechos de las víctimas. Con dos votos, el Tribunal impidió a las querellas el uso de la palabra evitando que pudiéramos defender la postura y el pedido de justicia en el proceso penal», expuso Cubilla Podestá, y añadió: «Nos negó la palabra, por considerar innecesaria, lo cual es muy grave porque vulnera los derechos de las víctimas».
«Lo insólito es que dicho pedido de expulsión de la querella provino del fiscal de la causa, que lejos de acompañar el reclamo de justicia terminó pidiéndole al Tribunal, junto a los defensores de los imputados, que no haya juicio en la causa derrumbe», afirmó el querellante.
Fuente: LT7 Noticias