El adolescente de 16 años que acompañaba a Lautaro Rosé en el momento en el que se ahogó en el río Paraná tras una persecución policial, ingresó el martes en el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados. Su testimonio será clave para la causa en la que están imputados nueve uniformados.
La investigación realizada hasta el momento, indica que el menor y Lautaro corrieron hacia la costa del río mientras eran perseguidos por efectivos de grupos especiales de la Policía de Corrientes, tras una pelea que se produjo a la salida de una fiesta que se realzó en la costanera Sur.
La hipótesis que impulsa la querella, a cargo del doctor Hermindo González, es que el joven fallecido ingresó al agua, por algún motivo, pese a no saber nadar y que los policías presentes le negaron la ayuda que le habría salvado la vida, por lo que fueron imputados por el delito de abandono de persona seguido de muerte agravado.
Paralelamente se investigan apremios ilegales contra el testigo de 16 años, ya que habría sido brutalmente golpeado por los agentes imputados hasta quedar inconsciente, mientras Lautaro se ahogaba.
En este contexto, la jueza Josefina González Cabañas, del Juzgado de Instrucción N°3, aceptó el pedido para que el menor ingrese en el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, lo que implica, entre otras cuestiones, que su seguridad será resguardada por fuerzas federales como Policía Federal, Prefectura, Gendarmería o Policía de Seguridad Aeroportuaria.
EL PROGRAMA
El Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados fue creado en 2003 mediante la sanción de la Ley 25.764, y depende de la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Tiene como objetivo ejecutar las medidas que preserven la seguridad de las personas imputadas y testigos, que se encontraren en una situación de peligro para su vida o integridad física, que hubieran colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal por delitos de lesa humanidad, narcotráfico, secuestro extorsivo, terrorismo y trata de personas.
También podrán incorporarse al Programa personas imputadas y testigos en causas vinculadas con delincuencia organizada o violencia institucional, si la trascendencia e interés político criminal de la investigación lo aconsejaran.
La incorporación al Programa debe ser solicitada de oficio o a petición de la Fiscalía, Juzgado o Tribunal Federal a cargo de la causa que recibiera la declaración que justifque la incorporación de la persona testigo o imputada.
Es condición inexcusable para la admisión y permanencia de la persona testigo o imputada la validez, verosimilitud e importancia del aporte para la investigación y juicio penal correspondiente, así como que se mantenga absoluta reserva y confidencialidad respecto de la situación de protección y de las medidas adoptadas.