Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia busca prohibir los carros tirados por caballos en todo el territorio correntino y remplazarlos por vehículos impulsados por humanos. Los autores son los legisladores Ariel Báez y Edgar Benítez.
Este miércoles ingresó a la cámara baja provincial el proyecto que propone “prohibir de manera definitiva la tracción a sangre en todo el territorio de la provincia de Corrientes, creando un Programa de Sustitución de Vehículos de Tracción a Sangre por vehículos propulsados por la energía humana”, indica la iniciativa.
Dichos vehículos “serían producidos por jóvenes del nivel secundario de escuelas técnicas y emprendedores y adquiridos por el Estado”, se especifica en el documento.
Entre los fundamentes del proyecto, se especifica “que responde al reclamo de un amplio sector de la sociedad, que hace tiempo viene realizando campañas de concientización sobre la importancia de respetar los derechos de los animales, particularmente en este caso los caballos, poniendo especial atención en la protección y cuidado de estos seres vivos”.
Además, está el objetivo de “proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes que se ven vulnerados al ser obligados a trabajar de alguna forma en este medio, poniendo en riesgo su salud y su integridad física, arriesgando sus vidas cada vez que se suben a un vehículo de tracción a sangre”.
También, se plantea el riesgo que representan para la seguridad vial los carros tirados a caballo, en el contexto de un constante aumento del parque automotor en toda la provincia.
Respecto a qué sucederá con los caballos que sean sustituidos por vehículos impulsados por personas, el proyecto señala: “Los equinos que sean sustituidos no podrán de ninguna manera ser destinados a la comercialización de ningún tipo ya sea esta para el mercado interno o para exportación ni en pie ni faenados ni en ningún tipo de sector industrial relacionado al turismo, entretenimiento, ocio, deporte ni en cualquier otro, de cualquier otra índole. Serán entregados a entidades que se dediquen al cuidado de equinos, las que serán determinadas por la autoridad de aplicación”.