Los propietarios de casas rodantes o tráileres para traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, tendrán tiempo hasta el 31 de julio próximo para gestionar las nuevas patentes en los Registros de la Propiedad Automotor de todo el país.
En todos los casos, aquellos propietarios que trasladen este tipo de vehículos sin cumplir con los nuevos requisitos a partir del primero de agosto próximo, podrán recibir las sanciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito, ya que después de aquella fecha no estará permitido circular con la placa denominada como «Patente 101», como sucede hasta ahora.
Esa chapa se reemplazará con una placa de identificación metálica otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (Dnrpa), una vez certificado y corroborado que las unidades son seguras para la circulación por la vía pública.
Así lo estableció la Disposición Conjunta 1/2022 de la Dnrpa y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) publicada este lunes en el Boletín Oficial. Se trata de una nueva extensión del plazo para realizar este trámite, ya que el dispuesto con anterioridad vencía el primero de abril próximo.
«Ante la proximidad del vencimiento del plazo establecido, el cúmulo de trámites en proceso (ya sea para la obtención de la Certificación de Seguridad Vehicular como para la impresión y entrega de las placas correspondientes) torna aconsejable, oportuno y conveniente ampliar el plazo» para concretar el trámite, según el texto oficial.
Así, desde el primer día de agosto de este año la fiscalización comenzará a tener carácter disuasivo y punitivo, siendo pasibles los infractores de las sanciones previstas en el Decreto N° 779/1995, reglamentario de la Ley N° 24.449.
El Poder Ejecutivo explicó que los tráileres que se encontraban en condiciones de solicitar la placa identificatoria expedida por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor son fabricados de forma artesanal o en pequeños talleres y no de forma seriada por una fábrica terminal inscripta en ese organismo, razón por la cual deben acreditar su aptitud para circular en la vía pública mediante la Certificación de Seguridad Vehicular emitida por la ANSV.
«El espíritu de la presente medida es lograr que la mayor cantidad de vehículos se encuentren adecuados a los estándares de seguridad apropiados, así como la correcta identificación de las unidades circulantes», añadió.
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