En el marco de la causa en la que se investigan abusos y maltratos en el hogar Rincón de Luz de la ciudad de Virasoro, la jueza de Garantías, Silvia Erika Benítez procesó por violación al empresario Marcos Núñez de Lima, quien habría atacado sexualmente a una menor. Además, la ex directora Sonia Prystupzuk fue procesada por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
En relación a Núñez, la jueza consideró que había indicios suficientes de su autoría en el delito de “abuso sexual con acceso carnal, con aprovechamiento de la inmadurez sexual, en razón de su mayoría de edad, contra una adolescente que en ese entonces contaba con 15 años de edad”.
El hecho, sin fecha exacta pero comprendido entre agosto y noviembre del año 2019, se habría producido en la casa de Núñez, mientras la joven se encontraba junto a su amiga del hogar. Al quedar solos, él se habría aprovechado conscientemente de la situación de vulnerabilidad de la menor y abusó en dos oportunidades de ella, según reconstruyó la Justicia.
Los dichos de la víctima adquirieron relevancia y credibilidad con otros elementos probatorios incorporados a la causa, como las declaraciones de al menos dos orientadoras del hogar y un informe de Asesoría de Menores en el que se comunicó que la amiga de joven abusada refirió con evasivas no ir más a la casa de Núñez (que era su familia recreativa) por inconvenientes que surgieron entre su amiga y él.
También se supo que, tras la violación, la víctima fue sancionada por tiempo indefinido con confinamiento en su habitación, sin computadora ni tv, y que debió realizarse un test de embarazo para luego colocarse un chip anticonceptivo.
Pese al procesamiento y a que se le dictó prisión preventiva, Núñez continuará en libertad por el beneficio de eximición de prisión que le fue otorgado en marzo, que no se le revocó.
EX DIRECTORA
Por su parte, para el procesamiento de Prystupzuk, la jueza entendió que los episodios de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público fueron cometidos entre un periodo de tiempo que abarca el lapso comprendido antes del mes de abril de 2021. Esos hechos se constituyen por un sinnúmero de episodios sin que puedan identificarse temporalmente cada uno de ellos como para separarlos en hechos independientes, por lo que se los consideró en calidad de delito continuado.
En el procesamiento consta que Prystupzuk, en ejercicio de sus funciones, dictaba órdenes abiertamente ilegales y arbitrarias, de manera continua, en contra de los menores de edad residentes del dispositivo a su cargo.
La magistrada entendió que la ex directora del hogar atentó contra la integridad psicofísica de los niños, niñas y adolescentes, e impuso castigos-sanciones penitencias consistentes en la permanencia en su habitación por largos periodos de tiempo, que en algunos casos llegaban a más de un mes, prohibición de visitas entre hermanos, prohibición de uso de celular o tablet, entre otros. También organizaba juegos de subasta de juguetes entre los niños del hogar, oportunidad en que la misma les cobraba a los niños. “Todo ello menoscababa la integridad biopsicosocial de los menores de edad institucionalizados”, planteó la Justicia.