La decisión del Tribunal Oral de Mercedes, suscripta por sus tres integrantes: Jorge Alberto Troncoso, Juan Manuel Muschietti y Ramón Alberto Ríos, dispuso -horas después del dictado del fallo del Superior Tribunal de Justicia que, en voto dividido y por ajustada mayoría resolviera, en línea con el dictamen del fiscal general, César Sotelo el pasado jueves 5- reducir a cinco años la condena impuesta por el Tribunal Oral de Mercedes.
El fallo de la Corte provincial contó con el aval favorable de los ministros, Alejandro Chaín a quien acompañaron en su voto Eduardo Rey Vázquez y Fernando Niz, en tanto que el ministro Eduardo Panseri, que votó en segundo término, propició la confirmación del fallo del TOP de Mercedes, posición a la que adhirió el ministro Guillermo Semhan, con lo cual la decisión del Superior se dio por tres votos contra dos a partir de que el último de los llamados a votar, Niz, se inclinó por acompañar la solución propiciada por Chaín.
El Tribunal mercedeño no se hizo esperar
En este caso, los jueces del TOP actuaron con notoria y ponderable celeridad pues, aun antes de que el fallo quedara firme y sea remitida la causa por el Superior Tribunal, los jueces de Mercedes hicieron efectiva la inmediata libertad de la ex Intendente, cuya detención -como se recordará- se produjo el 9 de febrero de 2018 y dio lugar a un largo proceso de cuestionamientos por las durísimas condiciones impuestas para su cumplimiento en una comisaría de la ciudad de Mercedes, donde soportó condiciones inhumanas y vejatorias. Las cuales motivaron, en su momento, la intervención de la Comisión provincial contra la Tortura y el interés de distintos organismos que visibilizaron una cuestión de alto impacto bajo el cual se desarrolló, meses después, el juicio oral y público que concluyó con el dictado de la fuerte sentencia condenatoria que -con fecha 23 de septiembre de 2020- que la consideró culpable, motivando que su defensa interpusiera recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia. El cual, casi 4 años después, dispuso una notoria reducción que, paradójicamente, al momento de su dictado estaba ya sobradamente cumplida pues, si bien Lesieux gozaba desde el 26 de noviembre de 2020 del beneficio de prisión domiciliaria atenuada, con tobillera, dispuesta por el Superior Tribunal, que le permitía el desplazamiento dentro de un radio de 100 kilómetros, para cualquier diligencia fuera de ese espacio, requiriendo un permiso especial que, con intervención del Ministerio Público se le otorgaba para su tratamiento en Goya, Corrientes, o en la Ciudad de Buenos Aires.
La liberación de una fianza
La decisión de hacer efectiva la libertad de la ex Intendenta supone la liberación automática de la fianza que, en su momento, otorgó el doctor Rodolfo Martínez Llano para hacer efectiva la libertad de Lesieux. La misma fue dispuesta -no con caución personal, sino real- fijando el Tribunal Oral de Mercedes, en 2020, en 10 millones de pesos el monto de la fianza a cubrir. Esto pareció, en un primer momento, un obstáculo insuperable para la efectivización de la medida por estar la misma inhibida en la disposición de sus bienes. De ahí que la decisión de Martínez Llano, de cubrir el monto de la fianza terminó de posibilitar que el beneficio acordado por el Superior Tribunal se hiciera efectivo el 26 de noviembre de 2020, una decisión que, en su momento, tuvo un fuerte impacto provincial.
El doctor Martínez Llano había pasado a ejercer la defensa de la ex Intendente junto al doctor Justo Pio Sierra apenas concluido el juicio oral y público en septiembre de ese año.
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