Mediante una orden interna, la 6.636, la Cúpula de la Policía de la provincia con acompañamientos del ministro de Seguridad Juan José López Desimoni, dieron a conocer al personal de la fuerza una nueva directiva respecto del cultivo y transporte del cannabis medicinal.
El documento, que lleva la firma del jefe de la Policía de Corrientes, Félix Barboza, hace lugar a un pedido de la Asociación Cannábica Correntina para la investigación medicinal de esta planta. Y también da cuenta de las condiciones bajo las cuales no se deberá penar a quienes la cultiven o transporten.
“Se lleva a conocimiento de la totalidad del personal policial la plena vigencia de la Ley Nº 27.350 (Ley de Cannabis Medicinal), Decreto Reglamentario 883/20, los que regulan la tenencia, cultivo y transporte de cannabis medicinal, inspeccionados por el Reprocan (Registro del Programa Cannabis)”, inicia el comunicado.
Además del pedido de la asociación, motiva esta nueva disposición una cuestión práctica. “A fin de evitar el inicio de causas penales estériles y el gasto ineficaz de la tramitación de un proceso”, señala.
CONDICIONES
La directiva también dispone las condiciones en las que se respetará la vigencia de la Ley. “El programa permite el cultivo de hasta 9 (nueve) plantas en período de floración; el transporte permitido en frasco de aceite de cannabis, de hasta 30 ml, entre uno y seis como máximo; y el transporte de flores secas, hasta 40 gramos”.
Pero también resalta que la tenencia debe estar registrada mediante un carnet expedido por el Reprocan y el Ministerio de Salud de la Nación.
De momento, no hubo un anuncio público al respecto, en tanto que la nueva directiva se difundió solo en el ámbito interno de la fuerza de seguridad provincial.