La querella, ejercida por María Anahí González, en representación de los familiares de una de las víctimas acompaña la acusación pública.
La imputación de apremios ilegales agravados se concreta cuando un funcionario público comete un hecho con violencia, amenazas o de venganza y como consecuencia de ello se daña de forma grave a la persona, su salud o los negocios del ofendido.
El hecho así calificado, prevé una pena de 2 a 6 años de prisión y la inhabilitación especial por el doble de tiempo.
Este delito está comprendido en el inciso 2 del artículo 144 del Código Penal. El mismo contempla que «con motivo de la tortura resultare la muerte de la víctima, la pena privativa de libertad será de reclusión o prisión perpetua. Si se causare alguna de las lesiones previstas en el artículo 91, será de reclusión o prisión de diez a 25 años».
Mientras que el inciso 2 artículo 142, también del Código Penal, establece que «se impondrá prisión o reclusión de cinco a 15 años, al que sustrajere, retuviere u ocultare a una persona con el fin de obligar a la víctima, o a un tercero, a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad».
EL HECHO
El suceso habría ocurrido en marzo de 2022 en la Comisaría de Sauce, donde funcionarios policiales que prestaban servicios allí ejercieron apremios ilegales sobre tres menores de edad y dos mayores. Los privaron de su libertad y les produjeron lesiones mediante patadas y golpes de puño.
Este accionar delictivo tuvo la intención de que estas personas asumieran la autoría de un presunto hecho ilícito ocurrido en dicha localidad.
Para la audiencia de juicio prevista para esta semana, se prevé la comparecencia de más de 20 testigos ofrecidos por las acusaciones y las defensas. Las mimas ejercidas por Irma Elvira Obregón Torossi, Nicolás Emmanuel Leiva y la Defensa Oficial a cargo de Julieta Lacroze.
.