El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la Provincia confirmó este miércoles la condena de 15 años de prisión para un hombre de 65 años que violó a su nieta en reiteradas ocasiones, cuando la niña, que actualmente tiene 13 años, tenía entre 8 y 9.
La Corte provincial respaldó lo resuelto en primera instancia, el 7 de marzo de 2023, por el Tribunal Colegiado de Santo Tomé – formado por l María Alejandra Petrucci de Oharriz, Francisco Javier Ramos y Sara Marina Durand de Pereyra – que condenó al hombre a la pena mencionada por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante, y abuso sexual con acceso carnal de una menor, agravados por el vínciculo”.
Fueron dos hechos acreditados que sucedieron entre el 3 de septiembre de 2018 y el 2 de septiembre de 2020, en Ituzaingó.
HECHOS
Para condenar al imputado, el Tribunal de Santo Tomé tuvo por acreditado que el primer hecho sucedió en la vivienda de los abuelos, cuando la niña y su abuelo se encontraban en una habitación y éste la obligó a realizar tocamientos y otras acciones.
El segundo hecho fue en casa de la niña cuando ella se encontraba en su cama y sintió que la acariciaban, vio que era su abuelo y luego de que él metiera su mano debajo de su ropa interior vio sangre en su prenda íntima.
POSTURA DE LA DEFENSA
A través de un recurso de casación, el abogado defensor solicitó que se anule la sentencia dictada y se remita al Tribunal para que efectivice lo pedido o se case la sentencia y se resuelva el caso conforme la ley y doctrina aplicable.
El núcleo de su fundamentación para pedir la absolución se basó en que consideró que el Tribunal valoró como elemento central para atribuir responsabilidad a la entrevista en Cámara Gesell de la víctima.
Además indicó que el audio con el testimonio de la menor en la audiencia de debate no se escuchó claramente.
En relación a los testigos sostuvo que solo declararon sobre cuestiones periféricas o ajenas al hecho objeto de acusación.
Además, para el defensor, resultó llamativo que la denuncia se realizara 3 años después de lo sucedido y manifestó que el padre de la menor la hizo en situación dudosa, dada su mala relación con el imputado.
DECISIÓN DEL STJ
Lo fundamentado en el recurso fue rechazado por el STJ, dejando firme la condena indicada por el Tribunal del juicio.
Las audiencias orales de la Corte provincial, como la de este martes, se realizan en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia periódicamente y permiten la inmediatez y celeridad de los procesos. En este caso, estuvo presidida por Luis Eduardo Rey Vázquez, acompañado por Eduardo Panseri, Guillermo Horacio Semhan (vía remota) y Alejandro Alberto Chaín.
El fiscal fue Jorge Omar Semhan, Fiscal Adjunto del Poder Judicial, quien se conectó vía remota. También participaron vía remota desde la Oficina Judicial (Ofiju) de Ituzaingó el fiscal de Juicio, Eugenio Balbastro y la asesora de Menores que intervino en la causa.
También remotamente participó la defensa particular, ejercida por José Pablo Ordenavía y el condenado.
Los fundamentos de la sentencia N° 69/23 serán dados a conocer el viernes 9 de junio y enviados a través del correo electrónico institucional