La Justicia prohibió el acercamiento de un sujeto a una menor por grooming o ciberacoso. Mediante la resolución N° 108/21, el Juez Civil, Comercial, Familia, Laboral, Menores y de Paz de Santa Lucía prohibió a un individuo, denunciado por ciberacoso, acercarse a todo lugar donde una niña de 10 años se encuentre de forma transitoria, circunstancial o permanente.
Por el hecho, la madre de la pequeña realizó la denuncia correspondiente; en tanto que la Asesora de Menores de Goya ordenó medidas urgentes de protección, en base a la necesidad de salvaguardar la integridad física y psicológica de la menor.
Asimismo, también se prohibió el contacto por redes sociales y servicios de mensajería, ya sea de forma directa o a través de otra persona. Por otra parte, si el involucrado no cumple con lo dispuesto, se prevé prisión de 15 días hasta un año.
EL HECHO
La madre de la niña denunció que un hombre mayor de edad le habría mandado a su hija distintos mensajes de texto y videos de índole sexual, además de incitarle a la menor a enviarle contenido del mismo tipo.
Ante la situación, la mujer tomó la decisión de quitarle el celular a la pequeña, por lo que el individuo comenzó a tener visitas repentinas a los alrededores de su vivienda. Es por ello que se efectuó la denuncia y se adjuntó copias de la conversación a través de la aplicación de mensajería Whatsapp.