Por Noel Eugenio Breard*
El obispo de Campana – Zárate desplazó al cura que organizó la reunión con los represores, en Ezeiza.
Motiva el presente artículo de opinión, en mi carácter de Presidente de la Comisión de DDHH del Senado de la Provincia de Corrientes, el hecho de que el sacerdote Javier Olivera Ravasi (hijo del ex militar Jorge Antonio Olivera, también condenado por violaciones a los derechos humanos), organizó una reunión de diputados libertarios con represores, entre ellos Alfredo Astiz, en la cárcel de Ezeiza.
Cuidar los DDHH es educar con valores de una sociedad democrática y denunciar si observamos hechos disvaliosos para la misma, donde se pretenda construir o apoyar un nuevo terrorismo de Estado.
Debemos ponerle límites porque en cada cambio de Gobierno, sectores fácticos procuran la resignificación de la Memoria, Verdad y Justicia.
Durante el Gobierno de Mauricio Macri, el globo de ensayo vino cuando los nuevos miembros de la CSJN en el caso «Muiña» aplicaron e hicieron extensiva y aplicable la ley del 2×1 a los delitos de lesa humanidad, lo cual escondía una amnistía encubierta.
La sociedad argentina repudió en las plazas, y fue una conmoción social. Por lo tanto, el Parlamento argentino encontró la salida justa: una ley interpretativa del 2×1 que se votó y se convirtió en ley en 48 horas y casi por unanimidad, salvo raras excepciones, donde quedaba excluida la aplicación de ese criterio procesal en delitos de lesa humanidad.
La CSJN, ante dicha ley, aceptó la constitucionalidad de la misma. Ante el hecho nuevo, dejó sin efecto la válvula de escape de la impunidad.
Es bueno recordar que el fallo 13 del 10 de diciembre de 1985 de la Cámara Federal durante el Gobierno del Dr. Raúl Alfonsín hizo posible la condena a las 3 juntas de comandantes por violación sistemática de derechos humanos, aplicándose por primera vez en la Argentina la Doctrina del jurista alemán Roxin, “el autor mediato”, y a los líderes y cúpulas de Montoneros por asociación ilícita y homicidio, delitos del Código Penal: a) la nulidad de la autoamnistía de Bignone, el último dictador; b) la formación de la Comisión de la CONADEP, informe de Ernesto Sabato, donde se comprobaron 9.867 desaparecidos y violaciones de derechos humanos; c) juicios de la verdad.
Otro elemento a tener en cuenta es que la CSJN tiene un fallo pacífico () que establece que el terrorismo privado, por ejemplo, en el caso del acusado por España, un terrorista de la ETA que vivía en la Argentina, no fue extraditado porque el delito estaba prescripto. () Lariz Iriondo, Jesús María s/ Solicitud de Extradición (miembro de la ETA) CSJN.
La CSJN, en el caso del nazi Erich Priebke, que vivía en Bariloche, en 1995, la justicia italiana pidió la extradición por estar acusado del delito de lesa humanidad al haber asesinado a 335 ciudadanos por orden directa de Hitler. A pesar del tiempo transcurrido, se le concedió la extradición por ser terrorismo de Estado. A los 101 años falleció cumpliendo su condena en la cárcel.
La CSJN ha fijado posición respecto al terrorismo de Estado, considerándolo un delito de lesa humanidad, imprescriptible y nulo de nulidad absoluta su amnistía o indulto.
La CSJN, aplicando la doctrina universal de los Derechos Humanos, diferencia terrorismo de Estado y terrorismo privado, conforme a los fallos y posiciones doctrinales enunciados en el fallo «Simón», entre otros.
En conclusión, la democracia y la justicia argentinas condenaron a las 3 cúpulas de militares como terrorismo de Estado y los actos de los Montoneros como terrorismo privado.
Quien tiene la culpa de que los condenados terroristas privados anden sueltos es el ex presidente Menem, que dictó los indultos a los militares y Montoneros en nombre del perdón, reconciliación y unidad nacional.
Dichos indultos pudieron quedar sin efecto en su atribución de lesa humanidad y respecto a los indultos de los Montoneros, prescribieron las penas. Andan sueltos, es el héroe del neoliberalismo que les dio posibilidad de esto, la justicia hizo lo que correspondía conforme al ordenamiento legal.
Una enseñanza que dejó el fiscal Julio Strassera es que, si algún distraído o conjunto de distraídos quiere ejercer la violencia contra la sociedad nuevamente, la democracia tiene derecho a defenderse y reprimir con la constitución, la ley y la justicia en la mano. No hay espacio para que desde el poder se ejerza una represión ilegal, clandestina y cobarde.
*Senador Provincial UCR