La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 17 tomó una decisión crucial este viernes 3. El fallo fue rubricado por el juez de Cámara, Sergio Daniel Curatola y su par, Analía Durand de Cassis. Fue sobre un tema que hace un par de años mantuvo en vilo a la opinión pública, respecto a la utilización de espacios públicos en beneficio de privados. Hubo un caso emblemático: el shopping en la playa Arazaty, con la presión del Grupo Goitia para ocupar un sector y destinarlo al usufructo comercial.
El fallo de la Cámara destaca la importancia de la protección de la ribera, cursos de agua, bienes comunes y el paisaje como patrimonio colectivo. Y al hacerlo, también se ocupó de cuestionar los actos administrativos y ordenanzas avaladas desde el Concejo Deliberante capitalino, así como del Instituto del Agua y del Ambiente.
De esta forma, declaró la «inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 6.832, que había sido impulsada para habilitar la construcción del shopping o paseo de compras en la playa pública».
TENER UN PLAN
Además, la Justicia exigió que las instituciones correspondientes elaboren un «plan maestro» para ordenar el uso de los espacios públicos de parte de los propietarios de bares, boliches y paradores.
Para ello, dio un plazo de 6 meses para que los emprendimientos relacionados a dichas actividades se atengan «a 500 metros cuadrados de ocupación como máximo».
Sobre esto, es necesario remarcar que se trata de una medición exagerada, teniendo en cuenta las dimensiones reales de la playa.
De todas formas, es de relevancia indicar que la requisitoria judicial contempla que el plan contenga todo lo relacionado con el manejo de residuos, estructuras, superficie y otras especificaciones de acuerdo al paradigma de protección ambiental.
Este fallo de segunda instancia es en respuesta al amparo que, en el año 2020, presentó el colectivo Defensores de los Espacios Públicos Costeros de Corrientes, para frenar la construcción de un shopping sobre la playa pública y frenar el avance de construcciones privadas violando toda normativa federal y provincial sobre manejo de los recursos naturales, soberanía y manejo de los espacios comunes.
Atención a otro caso
A la par de esta notificación, Defensores Costeros resaltaron que la Justicia tomó conocimiento que «un viejo conocido» de este tipo de maniobras volvió a hacer de las suyas. Jack Tower, al que se le había obligado a retirar una plataforma de madera que extendía su ocupación en la playa (ver gráfica), volvió a colocar el entablado. Además, los ambientalistas advirtieron que en el parador preparaban una fiesta para este sábado 4, so pretexto de la presentación de una cerveza internacional.
Sobre esto, reclamaron que se trata de una violación reiterada de esta firma comercial sobre las órdenes vigentes en el expediente.
Ante ello, en las últimas horas del viernes 3, la Justicia volvió a resolver la suspensión y el retiro de lo construido indebidamente, con apercibimiento y multas.
«Este fallo judicial vuelve a poner de manifiesto que la lucha por nuestra ribera y los espacios públicos, llevada adelante por ciudadanas y ciudadanos no sólo es un hecho necesario, sino que, además, puede alcanzar logros concretos como los que estamos viendo», remarcaron desde los Defensores de los Espacios Públicos Costeros, quienes a la vez enfatizaron: «Llamaremos oportunamente a una conferencia de prensa para brindar a la ciudadanía, mayores detalles y especificidades sobre este fallo, que realmente nos enorgullece y llena de alegría».
«Inédito»
Desde la asamblea de Defensores Costeros destacaron el fallo como «inédito», por las consideraciones sobre el ambiente y la importancia de los actos administrativos ambientales, así como las ordenanzas dictadas por el Concejo Deliberante y el rol del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente, al que la Justicia instó a controlar el cumplimiento de sus decisiones, además de que deberá realizar dichos controles con participación ciudadana, en base a principios ambientales. Los ambientalistas aseveraron en un comunicado que «se trata de un organismo que, durante todo ese proceso, no se ha hecho cargo de sus responsabilidades».
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