El pasado miércoles, la Juez de Garantías de Mercedes, Simy Beatriz Benasayag, dictó una medida cautelar ordenando la desocupación del predio conocido como Complejo Recreativo-Religioso de la Cruz Gil. La decisión se tomó a pedido del Ministerio Público Fiscal y deberá ejecutarse en un plazo de diez días.
La medida responde a una causa de usurpación en la que seis personas están imputadas. Según la argumentación del fiscal Adrián Aurelio Casarrubia, la ocupación del predio representa un peligro en la demora, justificando así la necesidad de la medida. El fiscal expuso que el delito se encuadra dentro de la figura de usurpación por despojo, establecida en el artículo 181 inciso 1 del Código Penal.
PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES EN EL PROCESO
Durante la audiencia, los seis imputados estuvieron representados por su abogado defensor, Pablo Andrés Fleitas. También participó el Fiscal de Estado, Horacio Ortega, en representación del Gobierno Provincial, propietario del terreno conforme a la Ley de Utilidad Pública N° 6628.
El fiscal Casarrubia presentó las pruebas de la ocupación irregular, señalando que los imputados habían aceptado previamente desocupar el predio en un acuerdo con la Fiscalía de Estado ante el Superior Tribunal. Ortega, por su parte, argumentó que la ocupación afecta el erario público, ya que impide el avance de las obras de urbanización previstas en el área.
IMPACTO SOBRE EL PLAN DE URBANIZACIÓN
El predio en cuestión forma parte de un proyecto de urbanización financiado por el Estado Provincial. Según lo establecido en la Ley 6628, el objetivo de la intervención es fortalecer el culto y la veneración en la zona, además de dotar al área de infraestructura y servicios adecuados para su uso recreativo y religioso.
El retraso en la ejecución de las obras afecta no solo al plan de urbanización, sino también a los feriantes que esperan instalarse en el predio de manera formalizada. La urbanización del área incluiría espacios organizados para la actividad comercial, beneficiando a quienes actualmente ocupan el terreno sin autorización.
DECISIÓN JUDICIAL Y PLAZO DE CUMPLIMIENTO
La resolución judicial establece que los ocupantes tienen diez días para retirar sus pertenencias y abandonar el lugar. En caso de incumplimiento, se autoriza el uso de la fuerza pública para ejecutar la medida, conforme a lo dispuesto en el Código Procesal Penal de Corrientes.
La jueza Benasayag fundamentó su decisión en la afectación al interés público, destacando que la ocupación retrasa un proyecto ya financiado y compromete el acceso de la comunidad al espacio urbanizado. Asimismo, se estableció que el predio deberá ser entregado a su titular registral, es decir, el Estado Provincial.
POTENCIALES CONSECUENCIAS LEGALES
En caso de que los imputados no cumplan con la orden judicial, podrían enfrentar cargos por desobediencia, lo que agravaría su situación legal dentro de la causa por usurpación. La normativa vigente prevé sanciones para quienes incumplan medidas judiciales que disponen la restitución de bienes al propietario legítimo.
Las autoridades destacaron que la medida busca garantizar el cumplimiento del orden legal y permitir que el proyecto de urbanización avance sin más demoras. Por su parte, la defensa de los imputados señaló que existen múltiples causas en trámite relacionadas con el predio, lo que podría derivar en futuras instancias judiciales.