La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Electoral de Corrientes rechazó un recurso de apelación que la Municipalidad de Mercedes interpuso contra una condena lograda a instancias de la Fiscalía Rural y Ambiental de esa ciudad. La sentencia la obliga a detener la quema de basura y relocalizar el actual predio donde se disponen los residuos urbanos.
La condena dictada el 30 de septiembre de 2021 en la sentencia N° 139, provino del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, luego de que el fiscal Rural y Ambiental, Gerardo Humberto Cabral presentará una acción de amparo para que el Municipio detenga las quemas y “el depósito o entierro improvisado de los residuos domiciliarios en el basurero municipal a cielo abierto”, ubicado en cercanías de la ruta nacional N° 123.
La sentencia también emplazó a que la comuna relocalice la disposición final de residuos, y clausure, en un plazo máximo de 30 meses, el actual predio donde lo hace. Y además, que en el término de seis meses presente un plan integral de recomposición del daño ambiental colectivo.
El Municipio de Mercedes recurrió la sentencia, pero el pasado 22 de este mes, el tribunal de alzada, que entre otros fundamentos consideró el artículo 52 de la Constitución Provincial, el Artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente n.° 25675 y la Ley n.° 25916 sobre protección ambiental para la Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, desestimó el recurso.