Trascendió el borrador de la nueva ley ómnibus, que fue enviada a los gobernadores y al Congreso para su aprobación, luego de que la primera versión fuese rechazada en una dura derrota para el Gobierno. Además, lanzó el paquete fiscal, con cambios en el Impuesto a las Ganancias y Monotributo.
El nuevo proyecto de ley ómnibus contempla capítulos que van desde la Ley de Emergencia, Blanqueo Laboral, Privatizaciones, Desregulación Económica, y cambios en la fórmula para calcular las jubilaciones, entre otros.
El Gobierno propone promover un paquete de alivio fiscal que incluye una Moratoria Impositiva, la Modificación a los Impuestos Internos al Tabaco, y la Eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.
Los ejes centrales del nuevo proyecto de ley incluyen: la declaración de Emergencia para aspectos administrativos, económicos, financieros y energéticos por solo 1 año. También se insiste con la privatización de empresas públicas.
En cuanto al paquete fiscal, se restituye la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, por lo cual muchos trabajadores que habían dejado de pagar volverán a hacerlo si se aprueba el proyecto.
Una de las preocupaciones del Gobierno es avanzar en reformar el Estado con la consigna de liberar de su peso a los ciudadanos. En ese capítulo se plantean artículos referidos a que el Parlamento le delegue al Gobierno las herramientas para poder en la Administración central o descentralizada: reorganizar; fusionar, transformar, disolver parcial o totalmente órganos u organismos de la administración central o descentralizada creados por ley o norma de rango equivalente (se excluye a las Universidades, CONICET e INTA).
Los Fondos Fiduciarios también están incluidos. Éste punto fue el que llevó a que el presidente Javier Milei tomara en su momento la decisión de retirar el proyecto, tras la derrota durante su tratamiento en la Cámara de Diputados.
En este punto, en el nuevo proyecto se aspira que el Poder Ejecutivo pueda modificarlos, disolverlos o determinar la extinción de fideicomisos públicos y que los fondos pasen al Tesoro Nacional hasta la sanción de la próxima ley de Presupuesto.
Jubilaciones: el Gobierno propone ajuste por inflación y 10% extra
Lo que sí hizo el Ejecutivo fue incluir en la nueva y acotada Ley Bases la fórmula de aumento jubilatorio, algo que en enero no estaba. Para los jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones de la ANSES propone actualizaciones por inflación trimestrales a aplicarse desde abril de 2024. Incluye para ese mes un “enganche”, un extra de 10% a lo que resulte el aumento por la nueva movilidad para compensar la modificación.
Privatización de empresas
El Gobierno confirmó que irá por la privatización total de tres empresas del Estado:
- Aerolíneas Argentinas SA
- Energía Argentina SA
- Radio y Televisión Argentina SA
Privatización/concesión
- Agua y saneamientos argentinos s.A.
- Correo oficial de la república argentina s.A.
- Belgrano cargas y logística s.A.
- Sociedad operadora ferroviaria s.E (sofse)
- corredores viales s.A.
- Ycrt
- Nucleoeléctrica argentina s.A.
- Banco de la nación argentina (y todas las empresas del grupo nación)
- empresa argentina de soluciones satelitales S.A.
Según aclara el artículo 265 del nuevo texto, «los decretos dictados en ejercicio de las facultades delegadas por el Congreso de la Nación en la presente ley, estarán sujetos al control de la Comisión Bicameral Permanente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100, inciso 12 de la Constitución Nacional».
Ganancias: el Gobierno busca restablecer el impuesto con algunas modificaciones
La norma sostiene que el objetivo de la medida es respetar la progresividad, que , según señalan «es el principio rector de dicha norma». Y, en esa línea, se propone modificar la Ley del Impuesto a las Ganancias para alcanzar, «a través de alícuotas progresivas», una carga tributaria que permitirá al Estado recomponer los ingresos perdidos por la política fiscal adoptada en forma previa a diciembre de 2023.
Aclaran que no dejarán de lado los elementos rectores del tributo en cuestión, que son:
- la valoración de la capacidad contributiva de cada contribuyente en particular,
- la progresividad del impuesto a los ingresos para que, mientras mayor sea el resultado económico de un contribuyente, mayor sea su contribución.
Asimismo, se indica que «el actual diseño de la norma propuesta tiene por fin evitar situaciones en las cuales exista un desincentivo a incrementar el resultado de la actividad económica por temor a sufrir una carga impositiva adicional que anule dicho mayor ingreso».
A tal fin, sostienen que bajo las normas propuestas «no habrá casos en los que un contribuyente que aumente su ingreso vea dicho incremento anulado totalmente por el impuesto», gracias a la aplicación de una tributación porcentualmente mayor exclusivamente sobre el incremento de la renta.
Cómo serán las escalas de monotributo según el proyecto que impulsa el Gobierno
Dentro de las nuevas escalas, que propone el nuevo proyecto, se actualiza un 10% las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de todas las categorías, excepto de la A que la sube a $9.800.
Asimismo, se incrementa a $13.800 la contribución del Régimen Nacional de Obras Sociales de las categorías A, B y C, de los cuales un diez 10% se destinará al Fondo Solidario de Redistribución. En tanto, las demás categorías quedarán con el siguiente aporte:
- Categoría D $16.400
- Categoría E $19.000
- Categoría F $22.000
- Categoría G $25.000
- Categoría H $29.000
- Categoría I $33.000
- Categoría J $38.000
- Categoría K $44.000
Bienes Personales: cuáles son los cambios que propone el Gobierno
El nuevo régimen llevará el nombre de Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) y es para todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, la cual opera el 31 de diciembre de 2027.
Con la creación del REIBP habrá tiempo para su adhesión hasta el 31 de mayo de 2024. Allí tributarán el gravamen sobre los Bienes Personales de forma unificada y adelantada a los períodos fiscales del 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027.
Para su cálculo se van a tomar en cuenta los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 con alícuotas que van del 0,5% al 0,75%.
La cancelación total del impuesto a pagar deberá ser realizada hasta el 31 de julio de 2024, inclusive. El Ejecutivo nacional tendrá la opción de extender dicha fecha hasta el 30 de agosto de 2024.
En el artículo 25 detalla: «El gravamen a ingresar por los contribuyentes indicados será el que resulte de aplicar, sobre el valor total de los bienes situados en el país y en el exterior sujetos al impuesto que exceda del establecido en el artículo 24, la siguiente escala».
FUENTE: ÁMBITO FINANCIERO