Este miércoles ingresará a la Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes el proyecto de Ley de Arancelamiento de la Salud Pública para los Extranjeros, elaborado por el legislador autonomista José Antonio Romero Brisco.
La iniciativa promueve “el arancelamiento de la atención y servicios en el ámbito del sistema de Salud Pública de la Provincia, para todos los extranjeros que, de acuerdo a la categorización establecida en la Ley Nacional N° 25.871, sean ‘residentes transitorios’ o ‘residentes precarios’, debiendo solventar los costos de dichas prestaciones a través de un seguro de salud con cobertura suficiente o por sí mismos”.
Vale mencionar que, según la mencionada Ley Nacional, la residencia precaria es autorización que da Migraciones mientras dura el trámite de admisión de una persona extranjera que quiere residir en el país. Esta condición permite permanecer, salir del territorio argentino y volver a entrar, trabajar y estudiar.
En cambio, los residentes transitorios son los turistas, los pasajeros en tránsito, tripulantes del transporte internacional, trabajadores migrantes estacionales y académicos.
El texto también plantea que no todos los inmigrantes deberán pagar la atención médica en Corrientes, ya que “los servicios de salud pública provincial se prestarán de manera igualitaria y sin distinción tanto a los extranjeros que revistan condición de ‘residentes permanentes’ como quienes sean determinados como ‘residentes temporarios’, en base a las definiciones determinadas por la Ley Nacional Nº 25.871, en idénticas condiciones de protección y cuidado, y con los mismos derechos y obligaciones que los nacionales”.
Para los casos de urgencia o emergencia, el proyecto aclara que “la atención no podrá ser negada” a los extranjeros residentes transitorios o precarios y que en ese caso “la autoridad de aplicación arbitrará, con posterioridad, los medios para el cobro de los gastos en que se incurriera”.
La autoridad de aplicación planteada es el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, que se encargaría de “llevar a cabo todas las acciones necesarias para la implementación de esta ley, y fijará los aranceles”.
Además, de aprobarse la ley facultaría al Poder Ejecutivo Provincial a “celebrar convenios de reciprocidad con otros países, a fin de garantizar para los habitantes de nuestra provincia el acceso al sistema de salud pública en otros territorios”, a cambio de que los ciudadanos de esas naciones, que sean residentes precarios o temporales en en la Argentina, tengan acceso a la atención gratuita en Corrientes.
Fundamentos
Como fundamentos a su proyecto, Romero Brisco señala: «Frente a la adversa situación económica que viene atravesando nuestro país, sin dudas que uno de los mayores desafíos que enfrenta la prestación de servicios de salud pública, es la administración de recursos finitos (y en ocasiones, escasos) frente a una esencial demanda».
Luego, agrega: «Toda asistencia sanitaria, desde las más simples hasta las de mayor complejidad, posee un costo, y entendiendo que el mismo es solventado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga de quienes tengan acceso a dichas coberturas, pero que también es afrontado por el Estado Provincial, sin distinción alguna, para los casos de personas que no posean tales beneficios ni recursos suficientes, es que considero necesario y oportuno legislar a fin de resguardar y garantizar el acceso al sistema público de salud pública provincial.
También, el diputado aclaró que «el proyecto no tiene intención privar a nadie del acceso a los servicios de salud pública en nuestra provincia, máxime en en casos de urgencia o emergencia», y que su proyecto de ley responde » ala imperiosa necesidad de resguardar el alcance y calidad del servicio de salud pública provincial, implementando una distinción tendiente a dar mayor solvencia al mismo, frente a una demanda que sin duda estará siempre en constante crecimiento, tanto por la calidad de sus profesionales como de sus establecimientos».