La Justicia correntina reconoció que una trabajadora de Esquina sufrió diferentes trastornos psicológicos que determinaron un 60 % de incapacidad, como consecuencia de la labor realizada, y será indemnizada.
El Superior Tribunal de Justicia rechazó un recurso presentado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo contra la sentencia N°22/2020 dictada por la Cámara de Apelaciones de Goya.
La dependencia le dio la razón a una trabajadora de Casinos del Litoral de Esquina sobre el hecho de que la enfermedad denunciada se generó como consecuencia de la tarea desempeñada.
El STJ consideró que la Cámara probó a través diferentes estudios y análisis, que el padecimiento de la mujer se manifestó por las condiciones del entorno, ya que ingresó a su puesto de trabajo sin antecedentes de la enfermedad.
Por lo que los signos de ansiedad y depresión, trastorno de angustia con agorafobia, en definitiva, fueron producto del trabajo cumplido.
La agrofobia es la fobia a los lugares públicos. En particular se trata de un trastorno de ansiedad ante espacios sin límites claros o situaciones en las cuales la amplitud del lugar impida al afectado poder escapar o incluso recibir ayuda en caso de un ataque de pánico.
Por su parte la ART cuestionó el carácter profesional asignado a la enfermedad padecida por la trabajadora y porque según su perspectiva la Cámara desconoció una de las pruebas periciales psiquiátricas realizadas que dictaminó lo contrario.
De acuerdo al fallo judicial, la mujer deberá recibir la reparación contemplada en el artículo 14, inciso 2 apartado a) de la Ley de Contrato de Trabajo y también debe recibir la prestación dineraria regulada en el apartado 4 del artículo 11 de la misma Ley.