Un hombre que incumplió la cuarentena durante la etapa más estricta en todo el país, deberá realizar trabajos comunitarios para no ir a prisión. Así lo estableció la jueza Correccional Nº 1 de la Capital, Gabriela Aromí, quien lo condenó a seis meses de prisión en suspenso por incumplir las medidas sanitarias impuestas por la autoridad para impedir la propagación del Covid-19, hecho que se enmarca en el delito de «Infracción de Medidas Sanitarias contra Epidemias», previsto en el artículo 205 del Código Penal.
El juicio oral por esta causa se realizó el pasado 29 de julio y la magistrada estableció una condicionalidad a la pena. Como regla de conducta se le impuso el cumplimiento de servicios comunitarios gratuitos en una fundación, por el término de seis meses, con una carga horaria de doce horas al mes.
EL HECHO
Según la información oficial, el 10 de abril de 2020, el acusado transitaba a las 3.20 aproximadamente, en un lugar distante de su domicilio, sin su documento y sin poder justificar su presencia en el lugar. Tal conducta implicó la violación del aislamiento preventivo social obligatorio impuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 y su modificatoria N° 297/20, al que Corrientes adhirió por Decreto 588/2020, por lo que se encuadró en el delito previsto en el citado artículo 205 del Código Penal.
El juicio oral se realizó de manera presencial en el Juzgado Correccional N° 1, bajo estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios correspondientes. Los testigos que comparecieron fueron los policías que actuaron en el procedimiento, quienes fueron examinados por la Fiscal y contra examinados por la Defensa.
La noticia, publicada en la página oficial del Poder Judicial de la provincia, da cuenta de que se trata de la primera condena de este tipo registrada por el Tribunal, por el delito antes mencionado.
«Existieron numerosas causas anteriores, que fueron resueltas mediante salidas alternativas. En ellas los acusados contribuyeron con aportes económicos para solventar el costo de hisopados en base a su capacidad económica, entre otras reglas de conducta», indicaron en la publicación.
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